Las prácticas no laborales en empresas van dirigidas a personas jóvenes que, debido a su falta de experiencia laboral, tengan problemas de empleabilidad. Se realizan en empresas o grupos empresariales que formalicen convenios con los Servicios Públicos de Empleo. A su vez, la empresa suscribirá un acuerdo con la persona joven que va a desarrollar las prácticas no laborales.
Estas prácticas se desarrollan por personas jóvenes desempleadas inscritas en la oficina de empleo, con edades comprendidas entre 18 y 25 años inclusive, que posean una titulación oficial universitaria, de formación profesional, de grado medio o superior, de las enseñanzas de formación profesional, artísticas o deportivas, o bien un certificado de profesionalidad. Además, no deberán haber tenido una relación laboral u otro tipo de experiencia profesional de más de tres meses en la misma actividad, no teniendo en cuenta las prácticas que formen parte de los currículums para la obtención de las titulaciones o certificados correspondientes.
Con la nueva reforma laboral, que entró en vigor el 31 de marzo de 2022, se trató la temporalidad de los contratos con el objetivo de reducir el desempleo juvenil, impulsar políticas activas adaptadas a los nuevos tiempos y crear empleo de calidad.
La duración del contrato en prácticas será de entre 6 meses y 1 año y sí podrá establecerse un período de prueba, que no podrá ser superior a un mes. En cuanto a la retribución, ésta será fijada en el convenio colectivo aplicable a la empresa para los contratos en prácticas, pero en ningún caso podrá ser inferior a la retribución mínima establecida para esta modalidad ni al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
Será obligatorio incluir un plan formativo en el que se especifiquen el contenido de las prácticas y las actividades de tutoría necesarias para el cumplimiento de los objetivos. Tanto en los contratos de formación como en los contratos en prácticas, en el caso de que la persona continuase en la empresa al finalizar el contrato, no podrá concertarse un período de prueba. Tendrá que computarse la duración del contrato formativo a efectos de antigüedad en la empresa.
El pasado 24 de marzo de 2022, Estudiantes en Movimiento y el Frente de Estudiantes convocaron una huelga estudiantil en diferentes ciudades en contra de la reforma. Aseguran que facilita la “infiltración de las empresas privadas en la educación universitaria” y que esta ley facilita el fraude de ley, en el que las empresas hacen que las prácticas sean laborales y no formativas. Pidieron la retirada de la LOSU y la LCU y que las prácticas se hagan según el convenio colectivo que tienen los trabajadores.
Dos estudiantes universitarias nos han ofrecido su testimonio sobre la experiencia que les aportan las prácticas que realizan y cuáles son los puntos de mejora que ayudarían a los jóvenes que comienzan su carrera laboral.
Además, también se ha entrevistado al jefe de prácticas de Médicos Sin Fronteras, Luis Javier, que nos ha contado cómo son las prácticas que se ofrecen desde la ONG y qué cualidades tiene que tener aquellos interesados en trabajar para ellos.
Por último, los jóvenes universitarios no son los únicos que comienzan a hacer prácticas y no son remuneradas, también les ocurre a los estudiantes de otras formaciones educativas, como es el caso de los alumnos de los cursos de Formación Profesional. Hemos hablado con Carmen Caballero, profesora de FP, que nos cuenta cuál es la situación actual de las personas que cursan estos estudios.