La okupación en España es un fenómeno social que ha estado presente desde hace varias décadas. Según Alejandro Fernández Puyol, licenciado en derecho, un okupa es aquella persona que accede a un hogar sin el consentimiento previo y/o tácito del propietario de este. Por ello, aquellos que dejan de pagar la renta en un alquiler o la letra al banco, no se consideran legalmente okupantes, más bien deudores, añade. Esta práctica se ha convertido, entre otras, en una forma de protesta y de resistencia social, especialmente en contextos de crisis económica y de vivienda.
Asimismo, también ha generado controversia y ha sido objeto de debate en la esfera pública de la sociedad española. Por un lado, existen quienes consideran que la okupación es una forma ilegal de apropiación de la propiedad privada y que atenta contra el derecho de propiedad. Por otro lado, hay quienes argumentan que la okupación es una respuesta necesaria ante la falta de alternativas habitacionales y que el derecho a la vivienda prevalece sobre el derecho de propiedad.
Contexto histórico de la okupación
El origen del movimiento de okupación en el mundo se remonta a la década de 1960. Ahí surgieron movimientos sociales y políticos que reivindicaban una transformación social y cultural profunda. Se caracterizaban por su carácter contestatario y crítico con la sociedad de la época, y abogaban por nuevas formas de vida y de organización social. Los primeros movimientos de okupación surgieron en Europa, Estados Unidos y América Latina. En algunos países, como Holanda, se convirtió en una actividad muy extendida y en una procedimiento de protesta y de reivindicación de espacios urbanos abandonados.
En España se sitúa en la década de 1980, en una coyuntura de crisis económica y social. Durante estos años, el país estaba saliendo de una larga dictadura que había durado casi cuatro décadas, y estaba en pleno proceso de transición democrática. Sin embargo, el país se enfrentaba a graves problemas económicos y sociales, como el desempleo, la inflación y la precariedad laboral.
A Madrid llegó en esa misma década, los 80. Se convirtió en una forma de resistencia frente a la especulación inmobiliaria y la falta de políticas públicas que garantizaran el acceso a la vivienda. El fenómeno de la okupación en Madrid se desarrolló principalmente en los barrios como Lavapiés, Malasaña o Vallecas. Durante esos años surgieron numerosos colectivos y espacios okupados, que se convirtieron en lugares de encuentro y de organización política y social.
Adjuntamos un vídeo donde se ve reflejado que los medios de comunicación exponen este problema. Pero, lejos de esa realidad mediatizada, no se puede generalizar con todos los okupantes.
¿La okupación se elije por voluntad propia?
Los escabrosos precios de las viviendas no favorecen en el proceso de obtener una vivienda digna. Asimismo, muchos de los okupantes no se sienten orgullosos de la situación en la que se encuentran. Por ello, podemos afirmar que la okupación es la única vía que encuentran en las condiciones más óptimas.
Todo el proceso psicológico por el que se someten las personas que viven esta situación es bastante duro, muchos de ellos están invadidos por el miedo, la desesperación y la incertidumbre.
Alejandro Puyol, asegura, que los okupantes pueden conseguir una “victoria parcial”. Dicha victoria, son los alquileres sociales. Recibe el nombre de ¨social¨ en tanto que las circunstancias sociales que han rodeado la celebración de ese contrato, poniendo un precio a dicho alquiler, pero esto solo se da en un 20 o un 25%, es decir, solo “1 de cada 5 lo consiguen”, afirma Puyol.
Cecilia, es una de las afectadas como propietaria. Durante la duración del contrato de alquiler no hubo problemas. Tras la finalización del contrato, le okuparon durante tres años su vivienda, actualmente continúa en la misma situación.
No se siente bien, declara, ya que considera que la justicia obliga a “mantener” a las personas okupantes, teniendo que sacrificar sus propias necesidades, para no tener repercusiones legales. Asimismo, se escuda en que personalmente, no hay justicia, no existe.
Términos legales de la okupación
La nueva Ley de okupas 2022 entró en vigor el pasado 8 de marzo. En 2021, la Comunidad de Madrid, obtuvo 1078 denuncias por este delito, mientras que en 2022 se redujo a un 15,4% con una disminución de 912 okupaciones.
Hasta este momento, los propietarios de una primera vivienda deben demostrar que el okupa ha accedido ilegalmente a la vivienda, y que no han cedido su uso. Hay dos puntos clave cuando se denuncia una okupación. El primero es el tiempo y el segundo la condición de la vivienda. Esto significa que, si se denuncia en un plazo de 48 horas y se trata de la primera vivienda del propietario, las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado podrán desalojar a los okupas sin que sea necesario una orden judicial. Ahora bien, todo cambia si el periodo supera las 48 horas y si la vivienda okupada no es la primera residencia del propietario. El principio de inviolabilidad es, frecuentemente, al que recurren estos infractores para alargar al máximo su estancia en la vivienda.
Para dar una mayor protección al propietario, se elaboró la Ley de desalojo exprés. Se pretendía reducir los plazos para poder recuperar la vivienda. Pero, los infractores encuentran algunos vacíos legales para seguir viviendo en ese domicilio. Para ello, recurren a la contratación de algún tipo de servicios como pedir productos a domicilio para justificar que la vivienda okupada es su morada.
Cifras en España de casas okupadas
La okupación en España ha sufrido una evolución considerable en los últimos años. En 2020, el número de denuncias por okupación ilegal registradas por el Ministerio del Interior fue 14.792, un 40% más que en 2017. En 2021 fueron 17.274.
Unas cifras arrojadas por el Ministerio del Interior aseveran que, entre enero y julio de 2022 hubo un total de 10.220 okupaciones, un 5,43% menos que las existentes en el mismo periodo de 2021 (10.807). Es decir, a nivel nacional, y a falta de conocer los datos del segundo semestre de 2022, esta actividad ilegal parece haber perdido peso.
En referencia a los datos detallados por cada comunidad autónoma, la cifra de casas okupadas, sin diferenciar entre usurpación y allanamiento, es notablemente desigual. En este mapa, vemos los datos referentes a los siete primeros meses de 2022:

Fuente: Ministerio del Interior.
El número de viviendas okupadas aumenta en este intervalo de tiempo en tres comunidades autónomas: Comunidad Valenciana, Extremadura y Murcia. Por provincias, la más destacada es Barcelona, con 3.246 casas okupadas entre enero y julio de 2022.
Adjuntamos el testimonio de una mujer que le ocuparon su casa durante 3 años y un par de meses. Afirma su desconformidad con la justicia ante estos casos.
La tendencia, vista con perspectiva, parece ir a la baja. Pese a la legislación, será interesante seguir la evolución de la okupación en los próximos meses.