El 18 de febrero del 2022 se aprobó la nueva reforma de la Ley de Protección y Bienestar Animal en el Consejo, promovida por la ministra de Derechos Sociales
El abandono de animales de compañía sigue siendo un problema en España. Según el estudio “Él nunca lo haría” publicado en 2021 por la Fundación Affinity, en el último año llegaron a las protectoras 286.000 animales, repartidos en 162.000 perros y 124.000 gatos. No obstante, el número de animales que llegan a los centros de acogida es menor a la cifra de los abandonados. Según FAPAM se estima que al año son abandonados unos 300.000 animales. Esto supone una media de tres abandonos cada cinco minutos.
Una situación preocupante pero que de ahora en adelante podría empezar a cambiar. El pasado cinco de enero entró en vigor la modificación del régimen jurídico que contiene la Ley de Protección Animal. Una triple reforma legal del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil que ha permitido un cambio en la forma de concebir a los animales de compañía. En dichas variaciones, se reconoce a los perros y gatos como “seres vivos dotados de sensibilidad” pasando a considerarse miembros de la familia. Esta medida, supone en la práctica que el propietario debe velar por su cuidado y bienestar. Además, en caso de separación o divorcio, será la autoridad judicial la que determine la participación de cada uno de los cónyuges en los gastos de manutención y cuidado. También, decidirá sobre su custodia. Asimismo, los animales de explotaciones ganaderas, industriales o de recreo no se incluyen en las hipotecas y los de compañía no serán embargables en caso de impago.
Pero este avance en la ley no es el único. Se le suma la aprobación del anteproyecto de Ley de Protección Animal aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 18 de febrero. El texto impulsado por Ione Belarra -ministra de Derechos Sociales– se espera que entre en vigor a finales de este mismo año y se consolida como la primera ley estatal en materia de protección animal que unifica las legislaciones autonómicas ya existentes. El contenido de dicha ley, establece una serie de obligaciones y prohibiciones para los propietarios de animales, de tal forma que la tenencia y convivencia con los mismos sea responsable.
Uno de los puntos más novedosos de la nueva ley es que desaparece la lista de razas potencialmente peligrosas. Los perros son valorados individualmente por su comportamiento. El artículo actual contempla que “con carácter general, se consideran animales potencialmente peligrosos todos los que, perteneciendo a la fauna silvestre y siendo animales de compañía, tengan la capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a las cosas.”
Obligaciones
- Mantener a las mascotas integradas en el núcleo familiar y en buen estado de higiene.
- Los animales deben tener un alojamiento adecuado y limpio, que los proteja de las durezas del tiempo.
- Se debe evitar la reproducción incontrolada de los animales de compañía. Si conviven varios animales de la misma especie y diferentes sexos, uno de ellos debe estar esterilizado; salvo en los criaderos inscritos en el Registro Nacional de Criadores.
- No se deben dejar dentro de un vehículo cerrado o expuestos a condiciones meteorológicas peligrosas para su vida.
- No deben permanecer atados, ni caminar por espacios públicos sin la supervisión presencial del responsable.
- Evitar que los animales depositen sus excrementos y orines en zonas de personas.
- Responsabilizarse de que los perros superen las validaciones de comportamiento legales.
- Facilitarles los tratamientos veterinarios obligatorios.
- Deben tener espacios adecuados en tamaño y naturalización.
- En los divorcios, los animales tienen los mismos derechos que las personas y el juez debe decidir su custodia.
- Para la tenencia de caninos, se debe acreditar la realización previa de un curso formativo para garantizar que el dueño puede encargarse de él.
Prohibiciones
- Maltrato, abandono y sacrificio; solamente se realiza la eutanasia en animales de manera justificada y bajo control veterinario.
- Mutilaciones en los animales -excepto por necesidad terapéutica para garantizar su salud o limitar su capacidad reproductiva- y las peleas o adiestramiento para esta práctica.
- Espectáculos públicos con animales -circos-.
- Trabajos inadecuados o excesivos, por tiempo o intensidad; y la utilización de animales como reclamo -tómbolas- o para mendigar.
- Pinchos, correas y collares que ahorquen o les den descargas eléctricas. Se anula la utilización de cepos y otros mecanismos destinados a limitar o impedir su movilidad.
- Animales de compañía para el consumo humano o animal y se restringe la alimentación de animales con vísceras o cadáveres que no han superado los controles sanitarios.
- No se permite la retirada de los cadáveres de animales de compañía sin comprobar su identificación y comunicación a la administración.
- Dejar sola a las mascotas durante tres días consecutivos sin supervisión. En el caso de los perros, el plazo no debe ser superior a 24 horas.
- Tiendas de animales. La entrega entre particulares debe ser gratuita y quedar reflejada en un contrato. También es ilegal la donación de animales no identificados.
Sanciones
En las infracciones leves, las multas se encuentran entre los 600 y 30.000 euros; en cambio, las graves abarcan desde los 30.001 euros hasta los 100.000. Las cuantías por las infracciones muy graves oscilan entre los 100.001 y 600.000 euros.
Además, se puede sancionar al propietario, inhabilitando su tenencia de animales durante cinco años como máximo para las infracciones graves y de cinco a diez años para las muy graves.
Encarna Carretero, encargada del Departamento de Comunicación de la Asociación Nacional para la Defensa de los Animales, “nuestra asociación siempre ha defendido un marco legal para la protección de los animales”
ANDA es la Asociación Nacional para la Defensa de los Animales, fundada en 1989 con el objetivo de proteger, especialmente a perros y gatos abandonados. Hemos hablado con Encarna Carretero, la encargada del Departamento de Comunicación de la asociación para preguntarle su opinión acerca del nuevo anteproyecto de Ley de Protección Animal. Ella nos comenta que este anteproyecto es un gran avance y un cambio importante para la protección de los animales, ya que la asociación siempre ha defendido un marco legal. Respecto al cambio que propone la ley en cuanto a la realización de cursos previos a la adopción, Encarna nos comenta que deberían ser obligatorios e impartidos por las protectoras que dan en adopción a los animales. En lo que respecta al cambio en la comercialización de animales la asociación apoya profundamente la adopción y se encuentran en contra de la comercialización.
Por último, la asociación recalca que la ley acoge la protección de todos los perros, un cambio muy importante para ellos. También nos menciona la aparición de “un listado positivo de especies susceptibles de tenencia particular y comercio, así también como una prohibición de uso de animales salvajes en espectáculos circenses en itinerancia”, que consideran un gran logro dentro de este anteproyecto, ya que llevan años luchando para que exista una ley nacional que ampare tanto a animales de tenencia particular como a aquellos que se utilizan en los circos, haciendo que en el caso de estos últimos cese su uso para dichos espectáculos.
Arantxa Sanz, abogada de la Sociedad Protectora de Animales y Plantas de Madrid, “el anteproyecto favorecerá la persecución de los casos de maltrato y abandono, y el impulso de las campañas de esterilización”
La Sociedad Protectora de Animales y Plantas de Madrid (SPAP) fue creada en 1928 con el objetivo principal de acoger y cuidar perros y gatos abandonados, fomentando la adopción responsable y la esterilización, entre muchas otras labores. En esta ocasión decidimos entrevistar a Arantxa Sanz, la abogada de la SPAP especializada en derechos de los animales, que lleva más de trece años trabajando con la asociación y colaborando con muchas otras, como ella nos ha dicho, prácticamente toda su vida. Respecto al anteproyecto de la Ley de Protección Animal, Arancha nos ha comentado que es un avance muy grande ya que significa la unificación de toda la normativa dispersa de las Comunidades Autónomas y también en cuanto al control de la cría, para controlar el abandono.
La abogada apoya las nuevas sanciones que recoge la ley, para que se reduzca, sobre todo, el abandono de animales. En materia de derechos de animales, Arancha nos comenta que este anteproyecto favorecerá la persecución de los casos de maltrato y abandono, el impulso de las campañas de esterilización, que los animales pasen a formar parte de la familia… entre muchos otros. Respecto a la consideración de los animales como parte de la familia, la abogada recalca los beneficios para los propios animales (por ejemplo, en el caso de un divorcio) y también la sensibilización de la sociedad en cuanto a los derechos de todos los animales. Por último, le preguntamos si este anteproyecto es la antesala a nuevas leyes de protección de animales y ella nos comenta que el objetivo principal es que no se deje, “bajo ningún concepto”, a ningún animal desamparado ante la ley y aún menos, si los intereses vienen por parte de sectores que no defienden la protección animal.
La opinión en la calle
Hemos salido a la calle a preguntar sobre uno de los cambios más significativos que este anteproyecto de ley supone: la eliminación de la categoría de “perros potencialmente peligrosos” según su raza exclusivamente.
Este anteproyecto propone un análisis personalizado de la conducta de cada can para determinar su peligrosidad en función de su personalidad, carácter, peso, raza y educación.
A la pregunta, ¿cree que es beneficioso que este anteproyecto de ley pretenda eliminar la etiqueta “perro potencialmente peligroso”? la opinión pública responde…
Legislación de los animales en otros países
España ha dado ya sus primeros pasos para cambiar la legislación sobre los animales pero, ¿cuál es la situación legal de los mismos en el resto de países de Europa?. En la mayoría, los animales están considerados explícitamente por las leyes como cosas, y por ello, pueden ser objeto del derecho de propiedad. No obstante, en algunos países europeos como son Francia, Alemania, Austria, Suiza o la República Checa, se ha creado una tercera categoría jurídica distinta de la de persona y cosa para aplicarla a los animales. Aunque, está modificación formal en los códigos civiles no ha producido ningún cambio material.
Francia y Portugal reconocen a los animales en su Código Civil como seres sintientes, pero más allá de este cambio simbólico, no ha mejorado la situación jurídica de los animales en estos países y sigue aplicándose sobre ellos el régimen de la propiedad.
En cuanto, a las condenas por el maltrato animal. El Reino Unido es el país pionero en legislar en contra del maltrato. En 1822 reconoció la Ley Martin, la protección de los derechos del ganado y el caballo, la cual complementó en 1900 con otra ley que prohibió las peleas de animales domésticos. Actualmente, la ley británica de Protección de Mamíferos Salvajes castiga con pena de multa y privación de libertad hasta seis meses.
En Suiza se castiga con penas de hasta tres años y 20.000 francos suizos. En Alemania también está penado con hasta tres años de cárcel. En Francia el maltrato animal se condena a dos años de prisión y 30.000 euros. Por último, en Italia la pena de prisión es de un año y se sanciona la organización de espectáculos donde se dañe al animal.

Fuente: textos legislativos de cada país

Fuente: textos legislativos de cada país